miércoles, 14 de octubre de 2009

BANCO DE SANGRE

¿QUE ES UN BANCO DE SANGRE?


Segun la Definición establecida por la norma Oficial Mexicana 003-SSA2-1993. Es el establecimiento autorizado para obtener, recolectar, conservar, aplicar y proveer sangre humana, así como para analizar y conservar, aplicar y proveer componentes de la misma.



FUNCION: BANCO DE SANGRE


LA FUNCIÓN DEL BANCO DE SANGRE ES DETERMINAR QUIÉN ES EL DONADOR IDEAL Y DETECTAR LAS UNIDADES INFECTANTES. A DEMAS DE ALMACENAR, PROCESAR Y DISTRIBUIR LA SANGRE, HEMODERIVADOS Y RECIBIR A LOS DONANTES.


FUNCIONES:



  • EFECTUAR LA TOMA DE MUESTRAS DE LOS EXAMENES SOLICITADOS.
  • REALIZAR LOS ESTUDIOS DE LABORATORIO CLINICO, COMPRENDIDO EN EL CUADRO BASICO DE EXAMENES DE LABORATORIO, SEGUN EL NIVEL DE ATENCION A QUE CORRESPONDA LA UNIDAD MEDICA.

  • ASESORAR AL MEDICO SOLICITANTE, EN LAS TECNICAS DE LOS EXAMENES DE LABORATORIO QUE SE REALICEN Y EN LA INTERPRETACION DE LOS RESULTADOS.

  • SISTEMATIZAR LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTROL DE CALIDAD, LA ENTREGA DE RESULTADOS, LA ELABORACION DE INFORMES Y ESTADISTICAS.

  • VER TABLA RELATIVA A EXAMENES DE LABORATORIO POR NIVELES DE ATENCION.

  • Según el artículo 4 del Acuerdo Ministerial No. SP-M-2035-2003, las funciones del Programa Nacional de Medicina Transfusional y Bancos de Sangre son:


    a) Proponer al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, con la asesoría de la Comisión Nacional de Medicina Transfusional y Bancos de Sangre, para su aprobación, las normas y los procedimientos técnicos y de administración sanitaria para el adecuado funcionamiento de los Bancos de Sangre que funcionan en la república de Guatemala;
    b) Rendir informe en un plazo no mayor de treinta (30) días, a solicitud del Departamento de Regulación, Acreditación y Control de Establecimientos de Salud como requisito previo para la autorización de funcionamiento y cancelación de los Bancos de Sangre,
    c) Rendir informe de control de calidad de procesamiento de la sangre y sus componentes en los Bancos de Sangre, a solicitud del Departamento de Regulación, Acreditación y Control de Establecimientos de Salud;
    d) Supervisar el funcionamiento de los Bancos de Sangre Estatales, del Seguro Social, de las Fuerzas Armadas, Cruz Roja y privados habilitados que funcionan en la república de Guatemala;
    e) Proponer al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, la regionalización y/o la centralización de los Bancos de Sangre estatales, con la asesoría de la Comisión Nacional de Medicina Transfusional y Bancos de Sangre;
    f) Coordinar actividades de capacitación;
    g) Velar por la creación de los comités hospitalarios, que se relacionen a la materia;
    h) Velar porque en la red de Bancos de Sangre, se aplique a la sangre y sus derivados los procedimientos y controles de calidad que aseguren a la población guatemalteca el uso de “sangre segura”;

    http://sesver.ssaver.gob.mx/portal/page?_pageid=693,20698682&_dad=portal&_schema=PORTAL
    http://info4.juridicas.unam.mx/ijure/nrm/61/567/7.htm?s=iste
    http://portal.mspas.gob.gt/funciones_banco_de_sangre.html

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